TALLER
GENERAL SOBRE LA LEY 100 Y SUS MODIFICACIONES
JUNNI ADRIANA PALACIOS ROVIRA
Tutor: JORGE BALBERO OSORIO
Enfermero-Biólogo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
“SENA”
REGÍONAL ANTIOQUIA
COMPLEJO TECNOLOGICO AGROINDUSTRIAL, PECUARIO Y TURISTICO
PROGRAMA TECNICO EN SERVICIO FARMACEUTICO
ID: 629362
COMPETENCIA EN SALUD OCUPACIONAL
apartado-Antioquia
Junio
2014
1. definir cuáles son los planes de beneficios
R//
1. Plan
Nacional de salud Pública:
Es el plan es brindado por el Estado, contiene acciones individuales y
colectivas de información, educación para salud, prevención primaria y
diagnóstico precoz de enfermedades con gran influencia en la salud colectiva
(es decir, que tiene altas externalidades).. Con este plan se pretende el beneficio de todas las personas del
territorio nacional. Es obligatorio para todas las entidades territoriales
(Departamentos, municipios y Distritos). Los criterios básicos de este plan
son: focalización de personas con más alto riesgo; atención a las
enfermedades de más alto costo-efectividad en su manejo; atención a aquellas
que representen el mayor número de años de vida saludable perdidos (AVISA) y a
las que generen alto compromiso
comunitario, así como, actividades de promoción de la salud.
2. Plan obligatorio en salud (POS):
Es el conjunto de servicios de atención en salud a que tiene derecho
todo afiliado el régimen contributivo, y sus beneficiarios, que cumplan
con las obligaciones establecidas para el efecto. Tales servicios los
prestan las Empresas Promotoras de Salud (EPS’s) y las
entidades También, incluye los reconocimientos económicos a que tiene
derecho todo cotizante, en determinadas circunstancias (licencia de maternidad,
incapacidad laboral, invalidez).
3. plan obligatorio de salud subsidiado (POS-S):
El Plan Obligatorio de Salud para el régimen Subsidiado es aquel que
cubre a la
población más pobre y vulnerable que haya sido identificada y focalizada (clasificadas como tal), según el Sistema de Clasificación de
Beneficiarios (SISBÈN). Es un conjunto básico de servicios de atención en salud
garantizados por las Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS), Empresas
Solidarias de Salud (ESS), y las Cajas
de Compensación Familiar (CCF) autorizadas por la Superintendencia Nacional de
Salud (SNS); es definido por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud
(CNSSS).
4. atención en
accidentes de tránsito y eventos catastróficos (SOAT)
El Sistema General de Seguridad Social en Salud garantiza el pago de la
atención en salud derivada de accidentes de tránsito con cargo al Fondo de
Solidaridad y Garantías (FOSYGA); también garantiza el pago a las Instituciones
Prestadoras de Servicios de Salud (IPS’s)
por la atención a las víctimas de catástrofes naturales, actos
terroristas y otros eventos aprobados por el CNSSS; cubre atención, trasporte
asistencial, indemnización y gastos funerarios que deriven de estas
situaciones.
5. planes de atención complementarias (PACS):
Son planes alternativos al Plan Obligatorio de Salud del Régimen
Contributivo (POS), ofrecido de forma prepago, y que requiere vinculación
previa a este Plan. Brindan actividades, procedimientos e intervenciones no
contempladas en el Plan Obligatorio de Salud (POS), así como, mejoras en la
atención de servicios de salud del POS, principalmente en hotelería y
tecnología y, también, en accesibilidad y oportunidad. Estos planes pueden ser
prestados por las EPS o por las
entidades de medicina prepagada mediante pólizas de salud y son financiadas exclusivamente por el usuario;
son de carácter voluntario, pero el usuario tiene que estar previamente
afiliados al Plan Obligatorio de Salud y, en ninguna circunstancia, lo
reemplazan.
6. atención
inicial de urgencias:
Todas las entidades
que presten los servicios de urgencias, atenderán obligatoriamente a los casos
de urgencias vitales, aún sin convenio o autorización de la EPS respectiva, e
incluso, lo mismo ocurrirá en el caso de personas no afiliadas al sistema. Las EPS pagarán el servicio a las IPS con
base a las tarifas pactadas o con las establecidas para el SOAT. En el caso de
atención a personas no afiliadas al Sistema la IPS que lo atendió le cobrará al
Fondo de Solidaridad y Garantías (FOSYGA) esta atención.
7. Atención
Materno Infantil:
El Plan Obligatorio de Salud para las mujeres
en estado de embarazo cubrirá los servicios de salud en el control prenatal, la
atención del parto, el control del posparto y la atención de las afecciones
relacionadas directamente con la lactancia.
El
Plan Obligatorio de Salud para los menores de un año cubrirá la educación,
información y fomento de la salud, el fomento de la lactancia materna, la
vigilancia del crecimiento y desarrollo, la prevención de la enfermedad,
incluyendo inmunizaciones, la atención ambulatoria, hospitalaria y de
urgencias, incluidos los medicamentos esenciales; y la rehabilitación cuando
hubiere lugar, de conformidad con lo previsto en la presente Ley y sus
reglamentos.
Además
del Plan Obligatorio de Salud, las mujeres en estado de embarazo y las madres
de los niños menores de un año, del régimen subsidiado, recibirán un subsidio
alimentario en la forma como lo determinen los planes y programas del Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar y con cargo a éste.
2.
Ubique
al lado de cada definición la sigla correspondiente
1) UNIDAD PRIMARIA DE ATENCIÓN. : UPA
2) FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL: FSP
3) PLAN NACIONAL DE
SALUD PÚBLICA: PSP
4) ENTIDAD PROMOTORA
DE SALUD: EPS
5) SEGURO OBLIGATORIO
DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO: SOAT
6) SISTEMA GENERAL DE
PENSIONES: SGP
7) UNIDAD PROGRAMÁTICA
INSTITUCIONAL. : UPI
8) CENTRO DE ATENCIÓN
AMBULATORIA: CAA
9) PLAN DE ATENCIÓN
MATERNO INFANTIL: PAMI
10) SISTEMA DE RIESGOS
PROFESIONALES: SRP
11) PENSIÓN DE
INVALIDEZ POR RIESGO COMÚN. : PIRC
12) SISTEMA GENERAL DE
SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD: SGSSS
13) SISTEMAS LOCALES
DE SALUD. : SLS
14) ADMINISTRADORA DE
FONDOS DE PENSIONES: AFP
15) INSTITUCIÓN
PRESTADORA DE SERVICIOS: IPS
16) ACCIDENTES DE
TRÁNSITO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL: ATEP
17) PLAN DE ATENCIÓN
EN SALUD: PAS
18) SISTEMA GENERAL DE
SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL: SGSSI
19) ADMINISTRADORA DEL
RÉGIMEN SUBSIDIADO: ARS
20) AUTOLIQUIDACIÓN DE
APORTES POR COTIZACIÓN: AAC
21) PLAN AMPLIADO DE
INMUNIZACIONES: PAI
22) ADMINISTRADORA DE
RIESGOS PROFESIONALES: ARP
23) UNIDAD DE PAGO POR
CAPITACIÓN: UPC
24) ENTIDAD SOCIAL DEL
ESTADO: ESE
25) UNIDAD DE PAGO POR
CAPITACIÓN SUBSIDIADA. : UPPS
26) PLAN OBLIGATORIO
DE SALUD: POS
3. ¿Que
crea la ley 100 de 1993 y defínalo?
R// la ley 100 de 1993 crea el sistema de
seguridad social integral (SSSI)
DEFINICION: es un conjunto de entidades públicas
y privadas, normas y procedimientos, cuya coordinación y control está a cargo
del Estado
4. ¿Cuáles son los Regímenes del S.G.S.S.I.?
Defínalos
R//
SISTEMA GENERAL DE PENSIONES: Tiene por objeto garantizar a la población el
amparo, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y
prestaciones consagradas en la ley
SISTEMA
DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD: es el conjunto de entidades
públicas y privadas, normas y procedimientos destinados a garantizar a toda la
población el servicio público esencial de salud
SISTEMAS GENERAL DE
RIESGOS PROFESIONALES: es el conjunto de entidades públicas y
privadas, normas y procedimientos destinados a prevenir, proteger y atender a
los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan
ocurrirles en ocasión o consecuencia del trabajo que desarrollen
SERVICIOS SOCIALES
COMPLEMENTARIOS: la ley 100 estableció:
A. El subsidio de
vejez para los ancianos con el fin de apoyarlos económicamente con un auxilio
hasta por el 50% del salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV)
B.
Subsidio para el desempleado
5. ¿Elabore un
cuadro comparativo entre el régimen contributivo y subsidiado del El S.G.S.S.S
y defínalos.
R//
Régimen
|
Contributivo
|
Subsidiado
|
Características
|
Asalariados
y trabajadores
independientes
|
Población
pobre y vulnerable, identificadas por el SISBEN estratos 1, y 2
|
Entidades
afiliadoras
|
EPS
|
EPS –
ESS, CCF
|
Entidades
prestadoras de servicio
|
IPS
públicas o privadas
|
IPS,
ESE
|
aportes
|
12.5%
de salario, cuotas moderadoras y COPAGOS
|
Cuota
de participación o recuperación
|
financiación
|
Aportes
del empleador y trabajador
|
FOSYGA,
1% régimen contributivo
|
6. Cuáles son los afiliados al SGSSS mediante el
régimen contributivo?
R// todos los empleados, trabajadores independientes y los pensionados deben
estar afiliados al régimen contributivo la responsabilidad del empleado es del
empleador y del pensionado es del fondo de pensionados.
7. ¿Cuáles son los afiliados al SGSS mediante el
régimen subsidiado?
R// Todas las personas pobres y vulnerables del territorio nacional
identificadas en los niveles 1 y 2 de pobreza del SISBEN que no tenga
capacidad de cotizar al régimen contributivo y en consecuencia recibirán un
subsidio parcial o total de estado para completar el valor de la UPC subsidiada
8.
¿Cuáles
son las personas vinculadas al SGSSS?
R// Son las personas que no tiene capacidad de pago y no logran ser
beneficiarios del régimen subsidiado. El municipio tiene la responsabilidad de
garantizar la atención en salud de primer nivel con cargo a los recursos del
situado fiscal como subsidio a la oferta.
9.
¿Cuáles
son los deberes que debe cumplir los usuarios del SGSSS?
R//
1. procurar el cuidado
integral de su salud y lo de su comunidad
2. afiliarse con su
familia al SGSSS
3. facilitar el pago, y
pagar cuando le corresponde, las cotizaciones y dinero a que haya lugar.
4. suministrar
información veraz, clara y completa saber su estado de salud y los ingresos
base de su cotización
5. vigilar el
cumplimiento de las obligaciones entidades por los empleadores a los que se
refieren la ley 100 de 1993.
6. cumplir las normas,
reglamentos e instrucciones de los profesionales e instituciones que le prestan
atención en salud.
7. cuidar y hacer uso
racional de los recursos, las instalaciones, la dotación, así como de los
servicios y prestaciones sociales y laborales.
8. garantizar su presencia
en los mecanismos de participación ciudadana para controlar el SGSSS
tanto a nivel departamental como local (municipal).
10. ¿Qué es el POS y defínalo?
R// Es el Plan
Obligatorio de Salud
Es un conjunto de servicios de salud a los cuales tiene derecho los afiliados al SGSSS
Es un conjunto de servicios de salud a los cuales tiene derecho los afiliados al SGSSS
Comprende acciones de:
-Consulta médica y
odontológica
-Hospitalización
-Atención de urgencias
-Actividades de
promoción de la salud y prevención de la enfermedad
-Cirugía
-Exámenes de
laboratorio
-Medicamentos
esenciales en su denominación genérica
11. ¿Qué es el PNSP y cuales actividades
contempla?
R// plan nacional
de salud publica
Es un plan gratuito prestado por el estado o particulares contratados por
el estado, contiene acciones de salud pública como:
·
Información y
educación para la salud
·
Prevención
primaria
·
DX precoz
12. ¿Según la cobertura familiar del POS. Son
beneficiarios del sistema?:
R//
El cónyuge o compañero(a) permanente con
una unión superior a 2 años.
Hijos menores de 18
años que dependan económicamente del afiliado
Hijos de cualquier
edad con incapacidad permanente y que depende económicamente del afiliado.
Hijos entre 18 y 25
años estudiantes y con dependencia económica del afiliado.
Hijos de
compañeros(as) establecido (menores de 18 y con incapacidad)A falta de cónyuge
o compañero(a) y de hijos, los padres del afiliado que no estén pensionados y
dependan económicamente de este
13. ¿Qué son las EPS y cuál es su función
principal?:
R//
Son las Entidades
promotoras de salud, su función principal son:
Afiliar, registrar,
cotizar a los afiliados
Recaudo de cotización
Organizar y garantizar
la prestación del POS
14. ¿Qué
son las IPS y cuáles son las funciones principales
R//
-
Son las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, sus funciones
son:
Prestar a los
afiliados y beneficiarios dentro de los parámetros legales y
contractuales, los servicios de salud en su nivel de atención correspondiente.
-
Ofertar los servicios de salud
-
Ejecutar los planes obligatorios
-
Ofrecer los planes complementarios
15. Defina que es el FOSYGA:
R//
Fondo de Solidaridad y
Garantía. Este fondo fue creado con la Ley 100 de 1993, con el fin de
garantizar la compensación entre las personas de diferentes ingresos, la
solidaridad del sistema general de seguridad social y salud para cubrir los
riesgos catastróficos y accidentes de tránsito.
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